ACOMTIC está comprometida en la lucha contra el maltrato infantil, razón por la cual se adhiere a la Ley 679 expedida por el Congreso de la República el 3 de agosto de 2001. Esta ley tiene como propósito prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual que afectan a los menores de edad. En cumplimiento de la Ley 679 de 2001, todas las personas están obligadas a prevenir, bloquear, combatir y denunciar cualquier forma de explotación, alojamiento, uso, publicitación, difusión de imágenes, textos, documentos, archivos audiovisuales, así como el uso indebido de redes globales de información o la creación de vínculos telemáticos relacionados con material pornográfico o actividades sexuales que involucren a menores de edad, ya que esto puede acarrear responsabilidad penal.
Esta legislación se fundamenta en el artículo 44 de la Constitución Política y tiene como objetivo principal proteger a los niños contra la explotación y el abuso sexual, garantizando su desarrollo sano e integral. En este sentido, las empresas afiliadas a la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones (CCIT) y al NAP Colombia nos sumamos a la campaña promovida por el Gobierno Nacional contra la pornografía infantil.
Para facilitar la denuncia de estos delitos, se proporcionan los siguientes canales de contacto:
Dirección Central de Policía Judicial – DIJIN Grupo Investigativo Delitos Informáticos Carrera 77A # 45-61 Barrio Modelia Teléfonos: PBX: 426 6900 Ext. 6301-6302 Directo: 4266300 Correo electrónico: adelinfo@dijin.policia.gov.co